La Corte Suprema confirmó el fallo que negó la calidad de carga familiar a uno de los convivientes de una pareja del mismo sexo, y que suscribió el Acuerdo de Unión Civil (AUC), por lo que deberán esperar las modificaciones que analiza el Gobierno y que se subsanen las falencias de la ley.

La pareja, compuesta por Andrés Durán y Lizardo Gutiérrez, fue una de las primeras en suscribir el AUC en Concepción el año pasado, tras lo cual el primero, académico de la Universidad de Concepción, intentó obtener en la Caja de Compensación Los Andes la calidad de carga familiar para su conviviente.

Al ser negado el beneficio, la pareja recurrió de protección a la Corte de Apelaciones penquista, que rechazó la acción legal, en una sentencia ahora confirmada por el máximo tribunal del país, con el argumento de que la ley sólo contempla la figura de carga para matrimonios y no convivientes civiles.

Durán reconoció que la resolución no era esperada por ellos. “(Estamos) desilusionados con respecto al fallo, y viendo qué otra alternativa podemos buscar, como familia, (para) generar una instancia que permita incluir a mi esposo como carga familiar”, afirmó.

Rolando Jiménez, del Movilh, señaló al respecto que están analizando con el Ejecutivo la presentación de una ley corta que termine con aspectos considerados discriminatorios y “homologue algunos derechos, que hoy día se le entregan a las parejas matrimoniales, (para que también se le otorguen) a las parejas que hayan suscrito uniones civiles”.

Otro beneficio que se está negando a las parejas que han suscrito el AUC, es el de los 5 días de permiso laboral contemplado para quienes se contraen matrimonio, aspecto que también sería incluido en la iniciativa que trabajan el Movilh y el Ministerio de Secretaría General de la Presidencia.